Tengo cobertura fuera de España con mi seguro de salud

¿Tengo cobertura médica fuera de España con mi seguro de salud?

Las ventajas que aporta el seguro de salud hacen que muchas personas prefieran acudir a la sanidad privada en vez de al sistema de salud público. Existen seguros sencillos, que ofrecen las coberturas más básicas, y otros más completos que pueden ofrecer desde cobertura dental y asistencia en viaje hasta otras más novedosas como reembolso de gastos farmacéuticos y hasta productos de óptica.

 

El seguro de Salud fuera de España

El ámbito de cobertura de los seguros de Salud es nacional pero la gran mayoría de ellos incluyen, o pueden dar la opción de incluir en la póliza, cobertura internacional de asistencia sanitaria. Para que el seguro se haga cargo de los gastos médicos fuera de España es necesario que se cumplan varios requisitos.

Estancia máxima en el extranjero

La cobertura de asistencia sanitaria en el extranjero permite a los asegurados recibir servicio médico de urgencia cuando se encuentran fuera de España siempre que la duración de la estancia no supere los 3 meses. Ahora bien, el plazo de tiempo máximo lo establece la compañía y puede variar de una a otra.

Carácter de urgencia

Los seguros que cuentan con esta cobertura se hacen cargo de los gastos médicos, quirúrgicos y los relacionados con la hospitalización en los que haya incurrido el asegurado como consecuencia de un accidente o una enfermedad que haya tenido lugar en el país en el que se encuentre. El límite económico viene fijado en la póliza y suele ser de 12.000 euros.

La compañía suele correr con los gastos derivados de la asistencia sanitaria tanto si ha sido prestada a través de sus medios propios o concertados como si ha tenido lugar en centros médicos y por médicos con los que no tiene acuerdos de colaboración. En el supuesto de que el asegurado tuviera que hacer frente a algún coste la compañía le reembolsará el importe.

¿Qué incluye la asistencia sanitaria urgente?

Mediante la cobertura de asistencia sanitaria, el seguro suele hacerse cargo de los gastos derivados de los honorarios médicos, los gastos de hospitalización y ambulancia así como del coste de las medicinas que hayan sido recetadas por un médico. También cubriría un posible traslado en avión o helicóptero medicalizado.

Otra cosa de las que puede llegar a hacerse cargo la compañía es de los costes en los que incurra el acompañante del hospitalizado, que esté también asegurado, con motivo de la prolongación de su estancia en un hotel hasta un número de días y una cantidad máxima diaria.

Exclusiones de la asistencia sanitaria

Hay determinadas situaciones que no las contempla el seguro de Salud. Por ejemplo, los gastos derivados de enfermedades que ya padecía el asegurado antes de iniciar el viaje, a no ser que sea una agravación imprevisible, así como los de un diagnóstico o un estado fisiológico, como es el embarazo. Tampoco se suelen contemplar los costes de los tratamientos que se hayan ordenado al asegurado en España ni los gastos ocasionados a partir de los 150 primeros días de gestación. Otra de las exclusiones que suelen incluir los seguros de Salud en el extranjero son los gastos de lentillas, gafas o muletas, por ejemplo.

En cuanto a la asistencia sanitaria, ésta no será responsabilidad del seguro si se tiene que prestar como consecuencia de participación en carreras, rallyes o cualquier otra prueba de competición motorizada. Del mismo modo, el seguro tampoco cubre las consecuencias derivadas de una guerra, un tumulto popular o una inundación, entre otras.

¿Cuándo se puede contratar un seguro de Salud?

Para poder contratar un seguro de Salud en España es requisito tener la residencia habitual en dicho país ya que la gran mayoría de aseguradoras tienen prohibido por normativa de suscripción vender una póliza a un ciudadano que no resida aquí. Trasladarse al extranjero a vivir o no residir en España un periodo de tiempo mínimo, que suele ser de 6 meses, son motivos de extinción del seguro incluidos en el condicionado de la gran mayoría de pólizas.

Ahora bien, tener que residir en España para poder contratar una póliza no significa que la cobertura se limite exclusivamente al ámbito del territorio nacional. Muchas pólizas incluyen coberturas de carácter internacional o prestan determinados servicios, incluso cuando el asegurado se encuentra en el extranjero.

Antes de contratar un seguro Médico es esencial contratar aquel que incluya todas aquellas garantías que consideres necesarias para tu tranquilidad. No dudes en contactar con nuestro equipo para que puedan asesorarte.

Fuente: Boletic Editores, Boletín de Noticias

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